El Ayuntamiento de Palma ha determinado tras revisar el padrón y con el visto bueno de la Delegación del Gobierno que ocho núcleos de Palma de menos de 5.000 habitantes y son Entidades Singulares de Población se pueden acoger al artículo 5.2 de la Orden SND / 380/2020, de 30 de abril, donde se dispone que las salidas para pasear y hacer deporte se podrán realizar entre las 6 y las 23 horas y, por tanto, sin franjas horarias, siempre y cuando se mantengan dentro de su zona. De este modo, los residentes en Saranjassa, Casa Blanca, Establiments, Génova, es Pil·larí, Sant Jordi, Son Sant Joan y Son Sardina podrán realizar las actividades permitidas en cualquier momento entre las 6 y las 23 horas porque son entidades Singulares de Población.
La Delegación del Gobierno envió al Ayuntamiento la nueva interpretación de la Orden, según la cual, cuando se alude a entidades de ámbito territorial inferior al municipio, se puede interpretar que no se remite en sentido estricto al concepto jurídico-administrativo que recoge la legislación, si no al concepto de entidad colectiva de población como la agrupación de entidades singulares que define el Instituto Nacional de Estadística (INE), y, en el caso de Baleares, el concepto de entidad singular de población. De este modo, se ha delimitado que los núcleos de Palma que tienen esta consideración y menos de 5.000 habitantes son un total de ocho después de que los técnicos de Población lo hayan estudiado y en base al padrón municipal actualizado. La decisión se ha trasladado a la Delegación del Gobierno, que ha dado su visto bueno.